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Defensoría General

Incidentes en la U 11: Rechazaron un habeas corpus sin realizar una audiencia

El Defensor General, Ricardo Cancela, envió un informe al Comité del crisis del Poder Judicial para poner en conocimiento de los hechos ocurridos el 26 de marzo en la U11. Cuestionó que, ante el pedido de habeas corpus preventivo presentado por la Defensora de ejecución, Luciana Petraglia, la jueza rechazó in limine el planteo sin que se debatieran los argumentos en audiencia, tal lo prevé el Código procesal penal, incluso en esta coyuntura sanitaria extraordinaria, a través de sistemas de teleconferencia.

Cancela manifestó su preocupación “por la circunstancia de que no se haya celebrado una audiencia en el caso que se presenta, siendo que entiendo que la celebración de una audiencia oportuna hubiera permitido garantizar los derechos de las personas privadas de libertad adecuadamente y evitar hechos de violencia”.

El pedido surgió a partir de “la preocupación que le manifestaron algunos internos a la Defensora en relación a problemas puntuales (no entrega de tarjetas telefónicas ni de pertenencias entregadas por los familiares), se solicitó a la Jueza de Ejecución, Raquel Gass, una audiencia de hábeas corpus preventivo, consignándose como motivo de la solicitud los siguientes: “Que en múltiples y coincidentes comunicaciones telefónicas mantenidas, en el día de la fecha, con internos alojados en los sectores “A” y “B” del Pabellón Nro. 8 se nos ha transmitido la preocupación de que, en horas de la tarde, se materialice la amenaza, vertida por varios celadores del mencionado pabellón, de realización de una requisa violenta e inmotivada. Que según refieren nuestro asistidos el conflicto se ha iniciado luego de que se exigiera la entrega de elementos de higiene y alimentos que familiares de los mismo entregaron en el ingreso de la citada unidad carcelaria y, asimismo, ante el incumplimiento de lo acordado por la autoridad penitenciaria respecto de la entrega y utilización de un teléfono celular. En función de todo ello solicitamos que, para el tratamiento urgente de la precitada acción, se fije audiencia a la brevedad, garantizándose la participación de las personas allí alojadas. En atención a esto último, y a tenor de la medida de aislamiento social obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional, sugiero se instrumente la misma mediante la modalidad de videoconferencia, utilizándose para ello la terminal recientemente instalada en dicha unidad carcelaria”.

Según consigna Cancela en la nota, esta solicitud “fue respondida por la Jueza de Ejecución del siguiente modo “Por recibido el Habeas Corpus interpuesto por la defensa pública en favor de los internos alojados en el Pabellón 8, sectores A y B, voy a rechazar dicha acción por no verificarse el agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención que invoca el Dr. Galarraga y que constituye el requisito esencial para interponer un habeas corpus correctivo en los términos de la ley 23098 y del artículo 43 de la Constitución Nacional. Hago saber al Sr. Defensor que en horas de la tarde se produjeron incidentes en ese Pabellón, los internos fueron aislados y se dio intervención a la Comisaría 20 por los daños que ocasionaron a las instalaciones. Posteriormente las autoridades de la Unidad dialogaron con los internos y en el día de mañana se autorizará el ingreso de uno o dos celulares para la comunicación con sus familiares. Todo lo referido ut supra fue debidamente informado por la suscripta a los vocales del Tribunal Superior de Justicia que integran el Comité de Emergencia”.

“En este contexto –continuó-, quiero llevar al seno de ese Comité la preocupación por la circunstancia de que no se haya celebrado una audiencia en el caso que se presenta, siendo que entiendo que la celebración de una audiencia oportuna hubiera permitido garantizar los derechos de las personas privadas de libertad adecuadamente y evitar hechos de violencia”.

Además destacó “que, por la emergencia sanitaria que estamos atravesando, se han suspendido las visitas y todo tipo de salidas transitorias de las personas privadas de la libertad, situaciones estas que necesariamente aumentan el malestar de nuestros usuarios; (…) y la falta de control externo que genera la cuarentena obligatoria  (ya sea por parte de autoridades judiciales, educativas y de tratamiento, que desde el aislamiento obligatorio no ingresan a la Unidad) provoca que se posibiliten abusos por parte del personal policial y que aumente la violencia institucional”.

Por último subrayó que “resulta necesario entonces fomentar canales de contralor de la cárcel, como pueden ser las audiencias de habeas corpus preventivos y/o correctivos con participación de los internos a fin de garantizar los derechos de las personas privadas de la libertad, a la vez de reducir la posible escalada de violencia intramuros; por ello solicito al Comité de Crisis que, en este marco de emergencia sanitaria, imparta las directivas que correspondan a fin de que las Juezas de Ejecución de la Provincia mantengan canales de comunicación fluidos y constantes con las personas que se encuentran en contextos de encierro, que se les comuniquen las medidas que se están adoptando en relación a prevención y que, eventualmente, en caso de surgir la necesidad y la misma se plantee, se los escuche en relación a sus peticiones ya que los mismos tienen derecho a realizar sus peticiones y ser oídos en toda la etapa de ejecución de la pena”.

 

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