Penal

Revocan una prisión domiciliaria y dictan prohibición de acercamiento

Se consideró que esta medida, no privativa de la libertad, alcanza para garantizar los fines del proceso. 

En una audiencia de control de acusación, en el marco de un proceso penal que se le sigue a J.L.S. imputado por el homicidio Pablo Epullan, ocurrido el 29 de marzo pasado en el sector de los Hornitos de la ciudad de Neuquén.

La jueza de garantías Ana Malvido no hizo lugar al pedido de la fiscalía de prórroga de la prisión domiciliaria del imputado y coincidió el Defensor de Circunscripción Fernando Diez en cuanto a que "esos peligros procesales, debidamente acreditados por el juez que dictó oportunamente la medida, se pueden neutralizar con la prohibición absoluta de acercamiento a los testigos y al lugar del hecho". Esta prohibición fue dictada "bajo apercibimiento de poder revisar nuevamente la medida", explicó la magistrada.

Diez explicó que la prisión domiciliaria que se dictó contra mi defendido, se llevó a cabo sin inconvenientes, fue cumplida, y los supuestos riesgos procesales de potenciales futuras amenazas a testigos no se han llevado a cabo. "A lo largo de estos cuatro meses, no hubo ninguna situación que amerite ningún tipo de molestia por parte de los testigos

La jueza dispuso que el plazo de la medida se extenderá hasta que finalice el juicio de cesura. Dio por formulada la acusación, dispuso la apertura a juicio y solicitó a la OfiJu que se fije fecha de juicio oral y público, con un Tribunal colegiado.