Defensoría General
En Santa Fé

Ronda disertó sobre la investigación de la defensa

Fue en el marco de las V Jornadas Nacionales de la Defensa Pública, en la sede de la Universidad Nacional del Litoral

El responsable del Servicio de Gestión Penal de la I Circunscripción judicial, Horacio Ronda, comparó el rol de la defensa con el sistema procesal inquisitivo mixto y con el acusatorio. En este sentido, el funcionario resaltó que "el defensor básicamente buscaba el error en el expediente: encontrar la nulidad o tratar de dilatar, y eso era justamente una defensa formal y pasiva". Con el advenimiento de los nuevos procedimientos "la cosa cambia: la posición del defensor es mucho más incómoda, porque tiene que ser activa", dijo.

Ronda subrayó el concepto de igualdad de armas, el cual consideró fundamental en el proceso adversarial, pero que "sólo es posible si entendemos que la defensa también tiene que investigar". Agregó: "es una facultad que nos da el Código procesal en Neuquén (art. 135), de todas formas si este artículo no existiera la facultad existe por manda constitucional y convencional".

Señaló que con los nuevos procedimientos "en las audiencias ya no se discute derecho, sino que se debate sobre evidencias, información y datos; todo eso con el gran deber de controvertir", y se preguntó: "¿cómo vamos a controvertir sin información?, ¿cómo vamos a probar sin información?".

Ronda aseguró que existe una investigación criminal con perspectiva defensista, que, "si bien tiene muchas similitudes con la de la acusación, es diferente; y hay una palabra que define su principal característica: control", aseguró, y añadió: "control de la evidencia reunida por el fiscal, desde su valor para asesorar al defensor, cómo fue colectada, cómo fue incorporada, y cómo puede llegar a ser utilizada en el juicio y cómo podemos nosotros encontrar otra que la contrarreste".  

Ronda subrayó que la investigación de la defensa es "fundamentalmente de control y excepcionalmente de producción de evidencia". Y enfatizó: "nuestra principal fuente de información es el imputado, por eso es necesario reformular la relación que tenemos con él".  

Por último se refirió al Servicio de Gestión Penal, creado a través de la Resolución N° 10/14 del Defensor General, y sus funciones generales: "nodo comunicacional desde y hacia la Defensa Pública Penal, asignación de casos y apoyo técnico-operativo en la gestión de casos, sobre todo en materia de investigación".