Defensoría General

Crearon el Consejo de la Defensa Pública

A través de la Resolución N° 62/20 el Defensor General subrogante, Raúl Caferra, dispuso la creación del Consejo de la Defensa Pública (CDP), un órgano representativo de todas las circunscripciones y materias del MPD.

El CDP está previsto en la Ley Orgánica de la Defensa Pública (artículos 24 y 25) y tiene funciones consultivas y asesoras del Defensor General.

En la Resolución se puntualiza que "resulta imperiosa la puesta en funcionamiento de dicho ámbito representativo y horizontal del MPD, sin mayores dilaciones, en miras de promover la participación de sus distintos sectores, así como también el intercambio de opiniones y formulación de propuestas relativas a la mejora del servicio desempeñado".

En este sentido se estableció el 1 de marzo de 2021 como fecha de la primera sesión del CDP. Previamente, en el mes de febrero, se llevarán a cabo las asambleas para designar a los/as representantes de los disntintos sectores que integran el MPD: Defensor de Circunscripción, Defensor Público o funcionario de la I Circunscripción, representante de las Oficinas técnicas de apoyo, Defensor o funcionario de la II, III, IV y V Circunscripción.

El artículo 25 de la Ley 2892 prevé que el CDP tendrá las siguientes funciones:

  1. a) Asesorar y evacuar consultas del defensor general para el mejor desarrollo de su función.
  2. b) Asesorar al defensor general y colaborar en su gestión, en la formulación de políticas generales y en la elaboración del informe anual.
  3. c) Formular al defensor general recomendaciones convenientes al servicio y  las relativas a la elaboración y ejecución del presupuesto del Ministerio.
  4. d) Aconsejar al defensor general para la designación del representante del Ministerio Público de la Defensa en la Escuela de Capacitación Judicial.
  5. e) Dictar su propio reglamento