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Penal

Violencia de género: por segunda vez absolvieron a una mujer acusada por la muerte de su pareja en Junín

Luego del juicio realizado la semana pasada, el tribunal resolvió por unanimidad dar por probada la teoría del caso de la Defensa y absolver a V.T. 

La Defensa, ejercida por Ivana Dal Bianco y Paulo Nestares Camargo, planteó desde un comienzo que el hecho V.T. actuó en legítima defensa, en un contexto de violencia de género. Los jueces valoraron la prueba aportada por la Defensa y destacaron especialmente el testimonio de los profesionales del equipo interdisciplinario del MPD que declararon en el juicio: Ángel Lombino, Silvina Dalesson y Silvio Villagra.

También pusieron de relieve para dar por acreditada la teoría del caso de la defensa las declaraciones de las profesionales del juzgado de Familia de la localidad y de los médicos intervinientes.

La lectura del fallo estuvo a cargo de la jueza Vanesa Macedo Font, que integró el tribunal junto a los jueces Chavarría Ruiz y Egea.

“Tenemos por acreditado que el día de los hechos, víctima e imputada bebieron alcohol, discutieron por dinero, que hubo violencia de la víctima hacia la imputada y que ésta tomó un cuchillo y se defendió ante el temor de una nueva agresión”. Y sintetizó: Fue probada la causa de justificación (legítima defensa) en un contexto de violencia de género.

En los alegatos de cierre, la Defensa planteó la importancia de analizar los hechos en su contexto histórico y social, señalando que la violencia de género es un proceso continuo que afecta a las mujeres de manera estructural. En este sentido, la Defensora Ivana Dal Bianco afirmó que en el sistema penal a las mujeres “no se nos cree, o se nos cree poco".

La defensora subrayó que, si bien  V.T.  fue la autora material de la herida que causó la muerte de Vera, no se trató de un acto planificado, sino de una reacción en legítima defensa dentro de un contexto de violencia de género sostenida. En este sentido, destacó que la propia Fiscalía reconoce antecedentes de violencia ejercida por Vera, como lo acreditan declaraciones de profesionales del fuero de familia, trabajadores sociales, psicólogos y psiquiatras que constataron la existencia de una relación marcada por agresiones físicas, psicológicas y económicas hacia Verónica y su hija.

Dal Blanco repasó los hechos del 24 de diciembre, fecha del fallecimiento de Vera, y relató que, ante un nuevo ataque,  V.T. actuó tomando un cuchillo que encontró en su camino y que utilizó como medio de defensa. Subrayó que inmediatamente después del hecho, la acusada manifestó a los presentes su intención de defenderse y solicitó asistencia médica para la víctima, evidenciando la ausencia de dolo homicida.

La defensora fundamentó que el caso debe analizarse bajo la perspectiva de la legítima defensa en contexto de violencia de género, conforme al artículo 34, inciso 6° del Código Penal, y citando jurisprudencia y recomendaciones del Mesecvi. Señaló que la agresión ilegítima se encontraba en curso y que la reacción de V.T., limitada a una sola lesión con un cuchillo, fue proporcionada y necesaria para proteger su integridad física.

En agosto del año pasado V.T. ya había sido juzgada y absuelta. El Tribunal de Impugnación revocó el fallo y ordenó el reenvió (la realización de un nuevo juicio con otros jueces). El nuevo juicio se llevó a cabo a lo largo de cuatro jornadas la semana pasada. Y hoy se dio a conocer el veredicto absolutorio.

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