Artículo 62 de la Ley provincial N° 2302.

Derechos fundamentales en el proceso.Todo niño tiene derecho a ser tratado con humanidad y respeto, conforme a las necesidades inherentes a su edad, y a gozar de todos los derechos y garantías previstas en la Constitución nacional y en las normas contenidas en la presente ley.


En especial y, entre otros, tendrá los siguientes derechos y garantías:

  • 1) Juez imparcial...

  • 2) Principio de Legalidad...

  • 3) Principio de Inocencia...

  • 4) Prohibición de tratos crueles...

  • 5) Información sobre: a) Hecho; b) Calificación; c) Prueba...

  • 6) Derecho a nombrar un defensor...

  • 7) Derecho a ser oído personalmente por el juez...

  • 8) Igualdad procesal...

  • 9) Derecho a la Intimidad...

  • 10) Principios de celeridad, contradicción y oralidad...

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Encuentro Nacional de la Defensa Pública