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La necesidad de su creación surge de un informe (aprobado también por la misma resolución) que destaca que esta oficina “prestará el servicio de seguimiento y acompañamiento al/a la usuario/a que se encuentra alcanzado/a ya sea por la concesión de una suspensión de juicio a prueba o de una condenación condicional con la imposición de reglas del art. 27 bis del CP, durante la tramitación propia de dichos legajos y hasta la culminación de los mismos”.

Hasta el 31 de diciembre los Equipos Operativos de la I Circunscripción “deberán realizar un relevamiento de las situaciones que se encuentren comprendidas en el objetivo de la Oficina”.

Según el informe, a diciembre de 2019, de un total de 2482 legajos en trámite, se estima que un 26% se encuentra con suspensión de juicio a prueba o condenas en suspenso (con imposición de reglas de conducta). Además, del total de audiencias registradas durante 2019, un 14% corresponde a suspensión de juicio a prueba, y un 5% a “ejecución/sustitución/modificación”, denominación bajo la cual se tramitan los legajos de condenas en suspenso.

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