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Penal
Chos Malal

Autorizan la supresión del apellido paterno a una adolescente víctima de abuso sexual

El progenitor fue condenado por un jurado popular. La adolescente llevará el apellido de su madre. Es el primer antecedente en la provincia en el marco de un proceso penal por este delito.

Hoy se llevó a cabo el juicio para imponer la pena a un hombre condenado por el delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por el vínculo, en modalidad continuada. Por unanimidad, un jurado popular lo declaró responsable el 10 de mayo pasado en la localidad de Chos Malal.

Como en todos los casos donde la víctima es menor de edad, intervino la Defensoría del Niño, Niña y Adolescente (DNNyA), como querellante institucional.

Luego de escuchar a las partes, el juez de garantías Eduardo Egea le impuso una pena de 15 años de prisión efectiva.  

Por la DNNyA intervino la Defensora Adjunta Natalí Canaviri.

La funcionaria del MPD explicó que "en el marco del juicio de cesura solicité la supresión del apellido paterno y su reemplazo por el apellido materno". Se buscó "un modo de eje reparador, y la no revictimización de la adolescente, teniendo que iniciar otro proceso en el que exponga -nuevamente- los motivos más que evidentes que ya fueron ventilados en el marco del legajo penal en contra de su progenitor", indicó. El juez hizo lugar. Es el primer fallo en la provincia del Neuquén en el que, en el marco de un juicio por abuso sexual se solicita y resuelve en ese sentido.

Canaviri detalló que "no sólo se respetó la faz dinámica del nombre, sino el interés superior de la adolescente.; sumado a ello quedó acreditado a raíz de la intervención que hizo Pamela Campos -del equipo interdisciplinario de la DDNNyA-, y los diversos testigos que era un deseo genuino y reflexionado, no un mero impulso". Y subrayó:  "Una necesidad de renacer luego de la situación vivida, un empezar de nuevo".

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