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Defensa Pública

La OEA aprobó una nueva resolución a favor de la autonomía de la Defensa Pública

La Asamblea General de la Organización de Estados Americanos –OEA-, reunida los días 3 al 5 de junio de 2014 en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, aprobó la  Resolución N° 5420/14, titulada “Hacia la autonomía y fortalecimiento de la Defensa Pública Oficial como garantía de acceso a la justicia.”

El documento profundiza el compromiso de los Estados Miembros en pos del logro de la autonomía de la Defensa Pública, “como parte de los esfuerzos para garantizar un servicio público eficiente, libre de injerencias y controles indebidos.”

Asimismo, enfatiza la necesidad de adoptar “acciones tendientes a que los Defensores Públicos Oficiales cuenten con presupuesto adecuado y gocen de independencia, autonomía funcional, financiera y/o presupuestaria y técnica.”

En tal sentido, la Ley Orgánica del Ministerio Público de la Defensa de Neuquén recoge las directrices de la declaración de la OEA, las que han sido consideradas en las bases del Nuevo Modelo de Defensa. Así, la legislación de mención establece que el MPD “es un organismo con autonomía funcional. Ejerce sus funciones sin sujeciones a directivas que emanen de órganos ajenos a su estructura (…)”, sin perjuicio de ser parte del Poder Judicial (Ley N° 2892, art. 2).

Por otro lado, el nuevo documento emitido por la Organización de Estados Americanos, reafirma lo expresado progresivamente en Resoluciones anteriores con relación a la Defensa Pública, las que fueran emitidas por la Asamblea General año tras año desde 2011 (Resoluciones AG-OEA N° 2656/2011, 2714/12, 2801/13).

Además de las expresiones mencionadas, la Resolución de Asunción, subraya los siguientes conceptos, entre otros:

• “Afirmar que el acceso a la justicia, en tanto derecho humano fundamental es, a la vez, el medio que permite restablecer el ejercicio de aquellos derechos que hubiesen sido desconocidos o vulnerados”.

• “Apoyar el trabajo que vienen desarrollando los Defensores Públicos Oficiales de los Estados del Hemisferio, el cual constituye un aspecto esencial para el fortalecimiento del acceso a la justicia y la consolidación de la democracia”.

• “Afirmar la importancia fundamental que tiene el servicio de asistencia letrada gratuita prestada por los Defensores Públicos Oficiales para la promoción y protección del derecho de acceso a la justicia de todas las personas, en particular de aquellas que se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad en todas las etapas del proceso”.

 

Para acceder a los textos completos haga click en los links correspondientes:

• Resolución AG-OEA N°5420/14 – Asunción.


• Resolución AG-OEA N° 2801/13 – La Antigua.


• Resolución AG-OEA N° 2714/12 – Cochabamba.


• Resolución AG-OEA N° 2656/2011 – San Salvador.

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