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Penal

Por violarse el derecho de Defensa, revocan dictado de rebeldía y pedido de captura

"No se le pueden formular cargos al vacio", dijeron los jueces del TI.

El funcionario del Equipo Operativo N°2, Gustavo Barroso, sostuvo ante el Tribunal de Impugnación (aquí el video) que en una audiencia celebrada el 27 de marzo, y en la que no estuvo presente la defensa -por un error de notificación-, se decretó la rebeldía y pedido de captura de un hombre al cual la fiscalía pretendía formular cargos. 

Barroso explicó que fue notificado que la audiencia se iba a realizar en la Sala 3 - de calle Irigoyen-, pero luego de esperar unos minutos, fue a preguntar y le dijeron que la audiencia se estaba llevando a cabo en otra sala. Cuando se presentó en el lugar, la jueza de garantías Ana Malvido le informó que había cerrado la audiencia, decretando la rebeldía y pedido de captura de T.J.O.

El funcionario del MPD agregó que sólo habían pasado seis minutos de la hora notificada, cuando habitualmente hay un plazo de espera de quince.

Barroso enfatizó que "se violaron el principio de contradicción y de buena fe procesal, previstos tanto en el CPP como en los Tratados Internacionales".
"En este sistema oral -continuó-, la buena fe se construye a través del diálogo entre las partes : ante esa falta de contradicción y de derecho de defensa, la cuestión invocada por la fiscalía es tomada como una verdad indubitable, lo cual constituye, en definitiva, sólo un acto de fe". Y resumió: "el relato controvertido es lo que permite construir la buena fe procesal".

El funcionario del MPD dijo que "no sabemos si T.J.O. estaba notificado de esa audiencia, porque la cédula se dejó en un domicilio laboral que abre sus puertas los sábados por la noche; no fue notificado en su domicilio particular; no sabemos si conocía que tenía un proceso penal en su contra; y no sabemos, tampoco, si estuvo presente en la Sala 3, que es la que figuraba en la notificación". Todas estas cuestiones, subrayó, se podrían haber planteado en la audiencia de haber estado presente la Defensa.

La Sala del TI, integrada por Mario Rodríguez Gómez, Alfredo Elosu Larumbe y Andrés Repetto, resolvió, por mayoría, declarar admisible la impugnación de la Defensa, y revocar -también por mayoría- la resolución de la jueza de garantías. Ordenó, de este modo, que se deje sin efecto la rebeldía y el pedido de captura de T.J.O.

 

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