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Penal

Declararon la extinción de una acción penal iniciada hace 14 años

En una causa en la que se había imputado a cuatro personas haber participado del supuesto delito de estafa, la jueza Carina Álvarez hizo lugar al pedido formulado por los defensores, y declaró la extinción de la acción penal. Los sobreseyó por aplicación del artículo 56 de la ley orgánica de la justicia penal (LOJP)-para las causas de transición- y el artículo 87 del código procesal (CPP), que refieren a los plazos máximos y sus consecuencias.

En cuanto al planteo de las partes acusadoras sobre la actividad recursiva, el Defensor Público, Gustavo Barroso -representando M.L.T. y P.J.O.- dijo que "no se puede pretender culparnos de supuestas acciones dilatorias, bajo ningún punto de vista; incluso varios de los recursos que presentamos tuvieron buena acogida por parte de los tribunales: no se puede culpar a la defensa de realizar un ejercicio proactivo y efectivo de su rol en el proceso".  

"No se persiguió el objetivo de este proceso: obtener una sentencia; se entretuvo la parte acusadora en cuestiones colaterales que no hacían al avance del proceso", dijo.

El Defensor advirtió que este proceso se abrió hace catorce años, y hace seis se elevó la causa a juicio, por lo que enfatizó que está vulnerada la garantía constitucional de ser juzgado dentro de una plazo razonable.

Además, respecto de uno de sus defendidos, Barroso pidió que se declare la nulidad de una rebeldía que fue dictada en noviembre de 2015. Argumentó que "esta declaración fue hecha sin la posibilidad de que P.J.O. fuera representado por su defensor en la audiencia, en clara y flagrante infracción al derecho de defensa en juicio". En esa oportunidad se iba a realizar la audiencia de control de la acusación. Barroso aclaró que "no es obligatoria la presencia del imputado en este tipo de audiencias que son eminentemente técnicas", y subrayó: "esto podría haberse alegado en oposición a la declaración de rebeldía, pero no se pudo hacer por no tener representación técnica".

La jueza Álvarez también hizo lugar a este planteo de la defensa.

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