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Niñez y Adolescencia

Ordenan hacer tareas de mantenimiento en Pediatría del Castro Rendón

La Jueza Laboral N° 6, Claudia Zapata, hizo lugar a una medida cautelar solicitada -en el marco de una acción de amparo- por la Defensora Subrogante de los Derechos del Niño y Adolescente N° 2, Andrea Rappazzo, luego de la declaración de inadmisibilidad in limine, y el posterior el acogimiento del recurso por parte de la Sala I de la Cámara de Apelaciones Civil, Comercial, Laboral y de Minería. En este marco ordenó al Ministerio de Salud de la Provincia realizar mejoras en el sector de Pediatría del Hospital Castro Rendón de Neuquén.

"Las tareas de mantenimiento necesarias" indicadas por Rappazzo y ordenadas por la jueza incluyen: "al sector de ingreso, al hall de ingreso y ascensor, baño personal y sala de quemados I, del aérea de Pediatría del Hospital Castro Rendon". El Ministerio de Salud deberá informar, dentro del plazo de diez días de notificado, el plan de tareas a desarrollar, bajo apercibimiento de desobediencia a una orden judicial . Estas medidas solicitadas por Rappazzo tienden a que "cese la afectación a los derechos de niños, niñas y adolescentes que se encuentren actualmente internados y los que a futuro vayan a estarlo por la patología del cáncer", hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo -planteada en el amparo-: la ampliación del espacio físico del sector del servicio de pediatría del Hospital Castro Rendón en un plazo de 10 meses (teniendo en consideración para ello el tiempo que fue indicado por los arquitectos que realizaron el plano que se acompaña como documental). Esto contempla: 1)  la creación de habitaciones de aislamiento para la internación de pacientes inmunosuprimidos que lo requieran ; 2) la creación de una Sala de Juegos Terapéutica; y 3) la habilitación de un espacio físico en el que pueda desarrollarse el Programa de Educación domiciliaria/hospitalaria que en la actualidad no se cuenta con ninguno de ambos servicios.

 

Detalle de lo peticionado cautelarmente por la Defensora Subrogante y resuelto favorablemente por la jueza en esta instancia:

En el sector de ingreso: Se refaccionen las grietas en muros y se pinte; se adquiera una nueva puerta de ingreso que cumpla con las características de salida de emergencia; se realicen refacciones y/o adquisición de nuevas instalaciones que permitan que las aberturas tengan cerramiento efectivo a fin de evitar el ingreso de polvo y diferentes materiales, y en épocas de frio peligro de gripes; la instalación eléctrica segura para la conexión de microondas, heladeras y demás objetos eléctricos; la asignación de una puerta de emergencia;

Hall de Ingreso y Ascensor: arreglar metálica mosquitero con la adquisición de una nueva.

Baño Personal: Refaccionar pérdidas de agua, modificar el vanitory de madera por uno de material, adquisición de cable canal o similar para evitar el cableado eléctrico a la vista;

Sala de Quemados I: Atender a las observaciones realizadas y promover la refacción  de los mismos: - Cielorrasos con humedad; - pintar los muros y techos en atención al deterioro de los mismos que se encuentra descarada; - realización de instalaciones eléctricas seguras; -  cerramiento efectivo de las aberturas de las ventanas, en atención a que el ingreso del polvo perjudica a los niños que se internan en el sector; la colocación de una tapa de rejilla de inspección del desagote de pileta de lavado de manos; modificación del material de protección de los muros de madera que sea lavable; realizar mantenimiento del piso de la bañera.

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