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Penal

Quedó firme criterio sobre el plazo máximo de 24 horas de detención

La parte acusadora desistió del recurso interpuesto ante el Tribunal de Impugnación, por lo cual quedó firme lo resuelto por el Colegio de Jueces. De esta manera se evitó un pronunciamiento del TI sobre el tema.

El Defensor Público Fernando Diez –Equipo Operativo N° 4- fue notificado por parte de los jueces Mario Rodríguez Gómez, Daniel Varessio y Richard Trincheri, que la fiscalía desistió de un recurso interpuesto para que el T.I. revisara una resolución adoptada el 26 de junio por el Colegio de Jueces.

En ella, María Gagliano, Ana Malvido y Cristian Piana (en disidencia), habían hecho lugar al planteo de la Defensa y entendieron que no correspondía mantener a V.H.C. con prisión preventiva porque había expirado el plazo de 24 horas que establece el artículo 112 del Código de procedimiento, desde el momento de la detención policial hasta la realización de la audiencia de formulación de cargos y pedido de medida cautelar.

En su alegato ante el Tribunal del Colegio de Jueces, Fernando Diez, había señalado que “el plazo que fija el Código procesal es perentorio, y su cumplimiento implica la perdida, por parte de la fiscalía de la instancia de solicitar una medida cautelar”, y aclaró que “no puede excluirse del plazo de detención el tiempo que la policía llama de averiguación de antecedentes”, que además “según la propia opinión del Ministerio de Seguridad, se realizan a modo preventivo, y no, como en este caso ante situaciones de flagrancia”.

V.H.C. fue detenido por personal policial a las 2 de la mañana del sábado 21 de junio, sindicado como presunto autor de un robo a las oficinas de Indalo. La audiencia de formunación de cargos se llevó a cabo en horas del mediodía el domingo horas, 34 horas después de la detención.

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